Titulo Xl: Prohibiciones, sanciones, caducidad, control y vigilancia (Decreto 1. DECRETO 1. 54. 1 DE 1. III del libro II del Decreto 2. Por considerarse atentatorias contra el medio acu. Incorporar o introducir a las aguas o sus cauces cuerpos o sustancias s. Infringir las disposiciones relativas al control de vertimientos. Producir, en desarrollo de cualquier actividad, los siguientes efectos: a. Los cambios nocivos del lecho o cauce de las aguas; d. Utilizar aguas o sus cauces sin la correspondiente concesi. Utilizar mayor cantidad de la asignada en la resoluci. Interferir el uso leg. Variar las condiciones de la concesi. Impedir u obstaculizar la construcci.
Alterar las obras construidas para el aprovechamiento de las aguas o de defensa de los cauces; 8. Utilizar las obras de captaci. Dar a las aguas o cauces una destinaci. Obstaculizar o impedir la vigilancia o inspecci. A quien incurra en una de las conductas relacionadas en el art. Vencido este plazo se producir. Diario Oficial de la Federaci. Sinopsis: Decimotercera pel. Fue el primer proyecto. Golpe de Estado de 1976. En desarrollo del art. Multas hasta de $5. El importe de las multas que se impongan por violaci. Las sanciones a que se refiere este cap. A falta de procedimientos especiales para la aplicaci. Cuando se haya sancionado al concesionario con multas, en dos oportunidades; b. Cuando se haya requerido al concesionario en dos oportunidades para la presentaci. El incumplimiento de las obligaciones relacionadas con la preservaci. Cuando las causales d y g del art. El interesado dispondr. Una vez en firme la providencia que declare la caducidad, se proceder. Son causales de revocatoria de permiso de las mismas se. De conformidad con el art. En desarrollo de lo anterior y en orden de asegurar el cumplimiento de las normas relacionadas con el aprovechamiento y conservaci. Inspeccionar el uso de las aguas y sus cauces, que se adelante por concesi. Tomar las medidas que sean necesarias para que se cumpla lo dispuesto en las providencias mediante las cuales se establecen reglamentaciones de corrientes o de vertimientos y, en general, en las resoluciones otorgatorias de concesiones o permisos; 3. Impedir aprovechamientos ilegales de aguas o cauces; 4. Suspender el servicio de agua en la bocatoma o subderivaci. El funcionario del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, Inderena, que deba practicar las visitas de que trata este decreto, podr. Anexo: Aeronaves de la Fuerza A.
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December 2016
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